jueves, 20 de febrero de 2020

Resoluci贸n 34/2020 (Pensiones)

馃摚 | INFORMACI脫N IMPORTANTE

A trav茅s de la Resoluci贸n 34/2020, publicada en el Bolet铆n Oficial, la Agencia Nacional de Discapacidad garantiza el derecho del acceso al trabajo de las personas con discapacidad, tal como lo establece la Convenci贸n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La medida establece que cuando una persona titular de una pensi贸n por invalidez fuera contratada laboralmente en relaci贸n de dependencia, los plazos de suspensi贸n se ampl铆an, durante la vigencia de la relaci贸n laboral, sin producir la baja del beneficio.

La resoluci贸n alcanza a los titulares de Pensiones por Invalidez que:
· Se encuentren bajo r茅gimen de relaci贸n de dependencia
· Los haberes, fruto de la relaci贸n laboral, fueren mensualmente netos inferiores a 4 jubilaciones m铆nimas.
· Comuniquen a la ANDIS el inicio de la relaci贸n laboral mediante el alta temprana dentro de los 15 d铆as h谩biles.

En los casos que el haber sea superior a 4 jubilaciones m铆nimas se mantendr谩 vigente el plazo de suspensi贸n previsto en el art铆culo 19 inciso c.

En caso de finalizaci贸n de la mencionada relaci贸n laboral, mediante telegrama de despido, despido indirecto, o en su defecto finalizado el cobro de los subsidios establecidos en la Ley N° 24.013 o 25.371, podr谩 solicitarse la rehabilitaci贸n del beneficio, el cual ser谩 restituido inmediatamente de conformidad con lo establecido por el art铆culo 21 de la reglamentaci贸n citada.

Para acceder a la resoluci贸n completa ingresar en: 馃憠 https://bit.ly/2ug53pi

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